También se admiten las equivalencias reconocidas por la normativa educativa y los títulos superiores. Estar «en condiciones de obtener» el título significa haber superado los requisitos académicos y, cuando proceda, haber abonado las tasas de expedición antes de finalizar el plazo de solicitudes.
Si el título se obtuvo en el extranjero, debe disponerse de la credencial de homologación o, en su caso, del certificado de equivalencia conforme a las bases, salvo los supuestos profesionales reconocidos por el Derecho de la Unión Europea.