Donde se consulta la lista provisional de admitidos y excluidos de la Junta de Andalucia?
Se consulta en la resolucion publicada en BOJA y en la web del IAAP o en la ficha oficial del proceso selectivo dentro del Portal del Empleo Publico. La Junta indica que ambos se publican el mismo dia.
Cuanto plazo hay para subsanar una exclusion provisional?
Con caracter general, 10 dias habiles contados desde el dia siguiente al de la publicacion de las listas provisionales. Conviene confirmarlo siempre en la resolucion concreta del proceso.
Que pasa si estoy excluido en la lista provisional?
Que todavia estas a tiempo de alegar y subsanar dentro del plazo. Debes revisar la causa exacta de exclusion y aportar la documentacion que acredite el requisito que la administracion considera no suficientemente justificado.
Y si no aparezco en la lista provisional?
La Junta contempla expresamente ese supuesto. Si abonaste la tasa dentro del plazo de presentacion de solicitudes, puedes subsanar presentando solicitud electronica conforme al formulario establecido para ello dentro del plazo de alegaciones.
Como subsano una exclusion por tasas en la Junta de Andalucia?
Depende de la causa concreta. Si no consta pago, debes acreditar con el justificante que el ingreso se hizo dentro del plazo. Si no abonaste el importe completo para tu grupo, la Junta indica que debes adjuntar el modelo 046 abonando la diferencia dentro del plazo de alegaciones.
Que pasa si no subsano dentro de plazo?
La propia Junta advierte de que las personas aspirantes que no subsanen la causa de exclusion o no aleguen la omision dentro del plazo senalado seran definitivamente excluidas del proceso selectivo.
Cuando sale la lista definitiva de admitidos y excluidos?
Sale despues de terminar el plazo de alegaciones a la provisional. La resolucion definitiva se publica en BOJA y el mismo dia en la web del IAAP o del proceso, segun indican las FAQs oficiales.
Se puede recurrir la lista definitiva?
Si. La Junta indica que la resolucion definitiva agota la via administrativa y que contra ella cabe recurso potestativo de reposicion en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el dia siguiente a su publicacion.