Pregunta de muestra
1 / 1Según el Reglamento de Armas, se considera arma de fuego corta aquella cuyo:
Respuesta correcta: C
Correcta: El Reglamento define el arma de fuego corta por un criterio alternativo: cañón que no exceda de 30 cm o longitud total que no exceda de 60 cm. Por qué no las demás: La opción B convierte indebidamente el criterio en acumulativo. La opción A invierte los límites reglamentarios. Fuentes: Real Decreto 137/1993, Reglamento de Armas, art. 2.13.
